El próximo 7 de agosto vence el plazo para abonar sin multas ni recargos, las obligaciones que hubiesen quedado impagas por motivo del conflicto. Dicho pago se puede hacer efectivo a través de Abitab, Redpagos, Banred o los servicios de banca electrónica del BROU, Itaú, Scotiabank, Heritage, BBVA y Santander.
Luego de esa fecha se procederá a la aplicación de las multas y recargos establecidos en el Código Tributario.